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Mediante Decreto Ejecutivo No. 644, el presidente de la República dispuso la reducción de la tarifa del IVA del 12% al 8%, a la prestación de los servicios de actividades turísticas, a favor de personas naturales o sociedades, nacionales o extranjeras, a nivel nacional durante las siguientes fechas:

1.  Sábado 18, domingo 19, lunes 20 y martes 21 de febrero de 2023 correspondientes al feriado de carnaval.

2. Viernes 07, sábado 08 y domingo 09 de abril de 2023, correspondientes al feriado por Semana Santa.

3. Jueves 02, viernes 03, sábado 04 y domingo 05 de noviembre de 2023, correspondientes al feriado por día de los difuntos e Independencia de Cuenca.

4. Se dispone que el SRI facilite la reducción del IVA y que los establecimientos que ejerzan actividades turísticas emitan los comprobantes de venta con la tarifa del 8% de IVA.

Fuente: Decreto Ejecutivo Nro. 644 de 10 de enero de 2023.